Oficializan medidas para que las pymes se financien en el mercado de capitales

El Gobierno anunció una serie de medidas destinadas a «alcanzar cada vez mayor acceso de las PyMEs al mercado financiero», y de ese modo «reducir el costo de financiamiento» de las pequeñas y medianas empresas.

Parte de las medidas anunciadas por el ministro de Economía, Axel Kicillof, y la Comisión Nacional de Valores (CNV), Cristian Girard, fueron formalizadas este lunes a través de su publicación en el Boletín Oficial.

El Gobierno actualizó el Régimen Pyme de la Comisión Nacional de Valores (CNV), para que una mayor cantidad de pequeñas y medianas empresas, estimadas oficialmente en 10 mil, «accedan a los beneficios de mejores condiciones de financiación de sus requerimientos productivos en capital de trabajo y bienes de capital».

La decisión de ampliar el universo de beneficiarios fue anticipada la semana última por el ministro de Economía, Axel Kicillof, y se concretó hoy a través de la Resolución General 640/15 de la CNV.

La norma define como Pymes CNV -al sólo efecto del acceso al mercado de capitales- a las empresas con ingresos totales anuales de hasta 430 millones de pesos, en el caso de la Industria; de 550 millones en el Comercio; de 215 millones en la Construcción; de 145 millones en los Servicios y de 130 millones en el sector Agropecuario.

Quedan excluidas del nuevo régimen los bancos, entidades de servicios públicos y las firmas controladas o vinculadas con otra empresa o grupo económico no pyme.

Los valores negociables emitidos por las pequeñas y medianas empresas podrán ser suscriptos por inversores particulares, fondos comunes de inversión y empresas, pero también por el Estado nacional, provincias y municipios, bancos oficiales, sociedades del Estado y la Anses.

La medida de la CNV que se publica hoy en el Boletín Oficial, apunta a abrir el mercado de capitales a pequeños inversores y a las pymes, mediante nuevos instrumentos de inversión que fomenten «la canalización del ahorro hacia la financiación de proyectos productivos y el desarrollo de las economías regionales».

Por la Resolución General 641/15, se creó la Oficina de Asistencia Financiera a PyMEs, dependiente de la Gerencia de Desarrollo y Protección al Inversor de la Comisión Nacional de Valores y de la Subgerencia de Desarrollo y Estudio del Mercado de Capitales.

Se detalla que sus funciones serán «difundir los beneficios y características del mercado de capitales argentino a las empresas Pymes»; «ofrecer asistencia técnica para el acceso al Régimen PYME CNV para la autorización de oferta pública de valores negociables, tanto de modo presencial como a través de distintos canales de comunicación, atendiendo, en forma directa, a todas las empresas interesadas»; «implementar cursos presenciales y virtuales para Pymes necesarios para su ingreso y autorización de Oferta Pública»; «brindar sus servicios con un alcance nacional y federal, utilizando las herramientas informáticas y de comunicación a efectos que se beneficien con este servicio todas las empresas Pymes del país»; «asegurar la actualización de la información relativa al mercado de capitales a todo el mercado mediante gacetillas u otros medios, tanto para las empresas Pymes que están actualmente dentro del MdC como las potenciales, que estén interesadas en su ingreso»; y «proponer cambios normativos que detecte en su accionar, que ayude y facilite el ingreso de nuevas empresas Pymes al mercado».

«La Oficina de Asistencia Financiera a PyMEs, estará integrada por un Coordinador de Asistencia Financiera a PyMEs, personal administrativo y profesionales en ciencias económicas y letrados, y contará con la colaboración técnica de la Gerencia de Emisoras de la Comisión Nacional de Valores», se estableció.

Además, por la Resolución General 642/15 las operaciones con cheque diferido «deberán ser concertadas para ser liquidadas en el Plazo de VEINTICUATRO (24) horas únicamente». Asimismo se establece la «implementación de un procedimiento de congelamiento de plaza para toda operación concertada, exigiendo un tiempo adicional de 2 minutos en el que cualquier comprador pueda mejorar la tasa y adquirir el cheque. Si durante dicha instancia de congelamiento ocurriera una nueva concertación que mejore la tasa, nuevamente se deberá congelar la plaza por 2 minutos más y así sucesivamente hasta que el precio confluya en un punto de equilibrio».

En tanto que con la Resolución General 643/15 se establece que los nuevos pagarés no tendrán designaciones de beneficiarios, serán a mediano plazo (3 años). Se podrán emitir hasta $ 100 mil, sin necesidad de prospecto. Se agiliza el plazo, se amplía el monto y beneficiará a 10 mil PyMES. «En caso de ser emitidos en moneda extranjera, deberá tomarse el tipo de cambio de la moneda extranjera que se trate publicado por el Banco de la Nación Argentina como vendedor ‘billete’ o por el Banco Central de la República Argentina a través de su Comunicación «A» 3500, en ambos casos al cierre del día anterior a la fecha de vencimiento», se aclara, entre otras cuestiones.
Fuente: ámbito.com